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Circular 3

Ciudad de México a 25 de marzo del 2019
Oficio: OP 24/03/2019

A: TODAS LAS ASOCIACIONES, UNIONES,
CONSEJO DIRECTIVO, COMITÉ TECNICO,
COMISIONES DE RAZA Y TÉCNICOS CALIFICADORES
DEL ORGANISMO DE LA UNIDAD NACIONAL DE OVINOCULTORES.

Derivado a la controversia que se continúa teniendo en la forma de tatuar los ovinos producto de Transferencia de Embriones se les insiste que el procedimiento debe ser en base al artículo 43 del Reglamento Técnico que se encuentra en la página de la UNO en “Consulta el Nuevo Reglamento Técnico, http://www.uno.org.mx/registros/reglamentotecnico.pdf.

reglamento

Indicándonos que se tatuara a la Cría con el tatuaje del “Prefijo del Propietario de la Hembra Donadora”, en el caso de que hayan adquirido la hembra donadora y no realizaron la transferencia de propietario, se les colocara el prefijo del último propietario registrado oficialmente, “ANTES DEL REGISTRO DE LA CRÍA”.

ATENTAMENTE

Juan Bernardo Mojica López
M.V.Z. JUAN DE DIOS ARTEAGA CASTELAN
SR. JUAN BERNARDO MOJICA LOPEZ
PRESIDENTE
SECRETARIO

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